miércoles, 18 de noviembre de 2015

¿Qué esperamos de los Incoterms 2020?

Retos, modificaciones y correcciones para los Incoterms 2020.



Desde 1980, los Incoterms se han revisado cada 10 años por la Cámara de Comercio Internacional (CCI) en su sede en París. Como ya es conocido, esta organización está compuesta por empresas y cámaras de comercio de muchos países que se dedican al comercio internacional.

El reto de los Incoterms 2020.

Los Incoterms 2010 entraron en vigor el 01 de Enero de 2011. A pesar de ello, la comunidad internacional de especialistas, formada por profesionales y académicos relacionados con el comercio internacional, ha empezado a efectuar propuestas en relación a la próxima revisión. Ésta posiblemente ocurrirá a partir del 2017/2018, y los acuerdos resultantes entrarán en vigor el 01/01/2020 o 2021. Sin embargo, mientras esa fecha llega hay quienes consideran que los Incoterms 2010 están causando dificultades en algunos procesos del comercio internacional. En relación a los Términos (tanto la eliminación como la inclusión de nuevos Incoterms), sino también en cuanto a los conceptos a los que se hace referencia con los mismos.

Nuevos Incoterm 2020 DPP y DTP.

También se sugiere otro término para el grupo “D”, lo que resultaría en que lleguen a ser cuatro, en vez de los tres que ahora están descritos. Solo para recordar, antes de los Incoterms 2010 existían el DDU (Delivered Duty Unpaid) y el DDP (Delivered Duty Paid), los cuales se complementaban. Estos dos términos hacían referencia a la entrega de la mercancía en algún punto del territorio del país del comprador, incluyendo los terminales. El primero, sin los procedimientos aduaneros y el pago de impuestos. El segundo con el vendedor realizándolos para el comprador.
Hoy tenemos los excelentes DAT (Delivered at Terminal) y DAP (Delivered at Place). En realidad dos creaciones encomiables. En el primero, se entrega la mercancía en un terminal. Y eso significa la entrega por parte del vendedor al comprador, en cualquiera de los siguientes: Terminal de puerto, aeropuerto, punto fronterizo, puerto seco (ex-EADI).
De hecho, en nuestra humilde opinión, esta última es una nomenclatura más apropiada. Es decir, una instalación de Aduanas en algún punto del territorio aduanero, fuera del puerto, aeropuerto o punto fronterizo.
Si el vendedor tiene que pagar los impuestos, la DDP no es tan apropiada. Porque mientras que antes teníamos la DAT y DAP para ajustar la entrega en un terminal y exterior, ahora con el DDP se mezclan las dos. El objetivo al crear la DAT y la DAP era separar estos puntos. Hoy con la DDP es necesario referirse a las dos, y como resultado se produce la mezcla de nuevo.
Por lo tanto, para mantener la separación creada, sugerimos que el DDP se divida en dos nuevos Incoterms, cuyas siglas podrían ser, a menos que haya una mejor opinión, DTP y DPP, queriendo decir con ellas Delivered at Terminal Paid y Delivered at Place Paid. Así tendríamos la entrega en un terminal sin procedimientos aduaneros y el pago de impuestos (DAT) o con ellos (DTP). Y la entrega en un lugar determinado, sin los procedimientos y los impuestos de aduana (DAP), o con ellos (DPP).

Revisión del Incoterm 2010 FAS – Free Alongside Ship

Sugerimos también la eliminación o modificación del término FAS (Free Alongside Ship). Este es un término sin mucho significado, que se encuentra entre el FCA y el FOB. La realidad es que la mercancía puede ser entregada en algún punto definido, en cualquier lugar, incluso en la misma terminal portuaria, usando el término FCA. Y en el caso de que ambas partes lo acuerden, o si es el vendedor quien hace el embarque, se estaría hablando directamente de FOB.
Además, el FAS no parece apropiado para ciertas entregas, como cuando el barco se atrasa y los bienes se quedan en el terminal esperando, perturbando de esa manera las operaciones de ésta. Por otro lado si el barco se adelanta, éste se irá sin la mercancía. La diferencia entre el FAS y el FOB es tan pequeña que no se justifica su discriminación. Cabe señalar que la diferencia entre el FCA en punto de origen y el FCA en cualquier otro punto es mucho mayor.
Tal vez sería más adecuado transformar el FCA en dos. Pero no vamos a exagerar.
Por lo tanto, la próxima edición de los Incoterms 2020 ganaría tres términos nuevos y perdería dos, para así llegar a doce. En nuestra opinión, esto sería lo más adecuado para los negocios internacionales.


1 comentario:

  1. Incoterms 2020 con flexibilidad que cubra las necesidades, responsabilidades y seguridad de compra y venta.

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